¿Qué es la administración Tributaria? sus Potestades y Facultades
¿Qué es la administración tributaria Venezolana?
Es dirigida por aquella organización
pública designada por el Ejecutivo Nacional, en este caso el “SENIAT”, quien
asume la responsabilidad de recaudar, controlar, suministrar los ingresos
Nacionales obtenidos en términos tributarios, estos son proporcionados por personas
pasivas deudoras del fisco, mediante impuestos, tasas, contribuciones,
presidiendo del hecho o tipo de gravamen.
Administración que se
caracteriza por adquirir autonomía y personalidad financiera con base a lo
establecido en la ley (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, Código Orgánico Tributario, Ley
de Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria), la cual le
corresponde la aplicación de derecho aduanera y tributaria nacional.
Por ser una Organización
autónoma, tiene la potestad de crear e implementar leyes que vayan en función
de preservar la armonía y paz social, buscando la equidad, eficiencia y
justicia en materia tributaria. No obstante, ejecuta procedimientos de
verificación, fiscalización (supervisión a los contribuyentes) con la intención
de asegurar el cumplimiento de los pagos después de haber determinado el
presupuesto imponible. Verificación que es realizada por supervisores públicos
competentes en las áreas domiciliarias del contribuyente llevando a cabo una
serie de procesos para su fin.
La administración
tributaria tiene amplias funciones y procesos pero la principal se centra en la
recaudación del mismo, como ya bien mencionado, consiste en un conjunto de
actividades ejecutadas por ella con el objeto de percibir el pago
correspondiente a los presupuestos legales, adicionalmente el cobro por
sanciones, multas e intereses, así como otros accesorios.
Para hacer esto posible,
se lleva un registro de inscripción e información del sujeto acerca de su
actividad financiera, tomando esto para establecer el impuesto que genera.
Cuando él o ella se imponen ante dicho pago, este organismo tiene la facultad
de solicitar la aplicación de medidas sancionables mediante los Órganos
jurisdiccionales. No obstante, tiene el deber de brindar asesoría, presentar
información clara y precisa a sus contribuyentes en cuanto a presupuestos,
actualizaciones de datos, requisitos, reformas legales, fechas y hora de
presentación, entre otras más, a través
de distintas instancias informativas que disponga la organización (folletos,
página web, consultorías públicas…)
De igual forma, resuelve
peticiones y dicta resoluciones.
Potestades y Facultades
La facultad Estatal de crear unilateralmente tributos se convierte
en la facultad de dictar normas jurídicas, objetivas que crean tributos y
posibilitan su cobro a los obligados, mediante el derecho constitucional que
son normas que especifican quienes ejercen la potestad tributaria, en que forma
(recaudar los tributos, interés, sanciones y otros, proponer, aplicar,
verificar y divulgar normas en materia tributaria y dictar instrucciones a sus subalternos,
fiscalizar, sancionar, entre otros) y dentro de qué límites temporales y
espaciales.
En Venezuela, tanto la Nación
como los Estados y Municipios están dotados de poder y potestad tributaria originaria,
si se toma en cuenta que el texto constitucional se delimitan las atribuciones
tributarias que corresponde a la Nación Estado y Municipio.
Bibliografía:
https://drive.google.com/file/d/1RXIkF04Xb5HgTCxc9oQONMWg8B1lmIFX/view?usp=drive_web&authuser=0
https://drive.google.com/file/d/1qYJZIopWlT0zYle69pnCSm_4DIkpKpcZ/view?usp=drive_web&authuser=0
https://drive.google.com/file/d/1QdEMZwEV_LzzbPYLz7WVB4tOqtzlpfeq/view?usp=drive_web&authuser=0
https://drive.google.com/file/d/1_BjCGsElNZZGSJJIhKqEjAZ9Q6A49vXZ/view?usp=drive_web&authuser=0
Bastante bien desarrollado tu tema, te felicito!
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