Modos de extinción de la obligación tributaria El vínculo obligacional tributario del contribuyente deudor en relación al sujeto activo (administración tributaria) finalizará por las siguientes modalidades expuestas en el “Artículo 39 de la C.O.T” , los cuales son: · El pago Tributario · Por compensación · Confusión · Remisión · Declaratoria de incobrabilidad / Prescripción Se entiende por pago Tributario, la erogación respectiva del cumplimento normal al Tributo por el contribuyente, responsable o tercero pertenecientes de la Nación, obligación que nace por el hecho de consumir Bienes y servicios teniendo el deber de coadyuvar al gasto público. Al cancelar la deuda establecida en base al ingreso y mediante el hecho, bien sea por multas, sanciones, ilícito o impuesto, es...
Sabemos que un hecho imponible es la cantidad de obligacion otorgada por la ley, pero tu ejemplificacion nos ayuda a ver como se aplica en la contideanidad del venezolano
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