¿Cuáles son los modos de extinción de la obligación tributaria?

 Modos de extinción de la obligación tributaria

 

El vínculo obligacional tributario del contribuyente deudor en relación al sujeto activo (administración tributaria) finalizará por las siguientes modalidades expuestas en el

“Artículo 39 de la C.O.T”los cuales son:

·       El pago Tributario

·       Por compensación

·       Confusión

·       Remisión

·       Declaratoria de incobrabilidad / Prescripción

Se entiende por pago Tributario, la erogación respectiva del cumplimento normal al Tributo por el contribuyente, responsable o tercero pertenecientes de la Nación, obligación que nace por el hecho de consumir Bienes y servicios teniendo el deber de coadyuvar al gasto público. Al cancelar la deuda establecida en base al ingreso y mediante el hecho, bien sea por multas, sanciones, ilícito o impuesto, este sujeto quedará libre ante dicha obligación.

 Este pago es transferido bajo las condiciones establecidas en la ley y el cual es cancelado mediante un sistema organizado.

 La consignación Tributaria es aceptada por esta Ley mientras la administración recibe el pago del tributo, esto con la finalidad de que no sigan corriendo los intereses o multas del impuesto que se le asigna, dejando en consignación de un tribunal y después se protesta para que se haga efectivo el pago a la administración tributaria, de igual forma el contribuyente puede hacer pagos a cuenta para aquellos pagos anuales. El Código Orgánico Tributario establece que si hay un pago anual de los impuestos entonces los contribuyentes pueden hacer pagos a cuenta de este impuesto para cuando se realice el pago anual, por ejemplo, pagos trimestrales del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), también se tiene la posibilidad de facilidades de pago.

Ahora la terminación por compensación, es cuando el contribuyente realiza dos pagos de impuestos, por ejemplo, el pago del impuesto clásico o normal de forma trimestral y el pago trimestral del ISLR, estos pueden ser compensados en el mismo trimestre o en el pago anual.

La extinción por confusión según la C.O.T, hace referencia cuando un sujeto pasivo es considerado exento del Tributo por ser un sujeto activo u organización del Estado y por ende quedan exentos del pago.

Por Remisión, se trata de la condonación de multas emitidas por el Ejecutivo Nacional de la República, dichas sanciones deberán ser pagadas por el contribuyente y/o responsable mediante la moneda de mayor valor pronunciada por el Banco Central de Venezuela, al pagar quedarán libres de esta obligación. También finaliza la relación tributaria cuando el contribuyente fallece o muere y para aquellos que llevan más de 5 años fuera del país.

La modalidad de prescripción, es un derecho otorgado al contribuyente que se da cuando el sujeto activo o la administración tributaria tiene el derecho de realizar auditoría a los contribuyentes para verificar si se cumplió con el proceso y el pago tributario correspondientes. También el sujeto pasivo puede solicitarle a la administración pública algún pago tributario que haya realizado en exceso o solicitar devoluciones de crédito fiscal. La prescripción hace referencia a un plazo de vencimiento que se tiene para la declaración del impuesto (4 años, 5 y 8 años).

 







 


Bibliografía:

 https://drive.google.com/file/d/19mKV6abYzBu2JmyUaQlnqnJrRrGK8MmZ/view?usp=drive_web&authuser=0

https://drive.google.com/file/d/1Oe9UqyPfd_3FwktIUTefSJj9mc8Y_05f/view?usp=drive_web&authuser=0

 

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